Ministerio Público impugna perdón judicial a Wander Franco

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SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público ha interpuesto un recurso de apelación formal contra la sentencia de un tribunal en Puerto Plata, que, a pesar de haber declarado a Wander Samuel Franco Aybar culpable de abuso sexual y psicológico contra una adolescente, le otorgó un perdón judicial que, según las autoridades, no refleja adecuadamente el daño causado tanto a la víctima como a la sociedad.

Este recurso se presenta parcialmente en oposición a la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata. Dicho tribunal, presidido por el juez José Ramón Núñez, junto a los jueces Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, había sido designado para evaluar un nuevo juicio a raíz de una orden emitida por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata en diciembre pasado.

En un giro de los acontecimientos, la madre de la adolescente fue condenada a 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres en Santiago, por su implicación en la explotación sexual comercial y lavado de activos. Esta decisión, sin embargo, no fue objeto de apelación.

La apelación, llevada a cabo por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, está encabezada por destacados magistrados como Ramona Nova Cabrera y Kelmi Ricardo Duncan Torres. Ellos argumentan que la sentencia en cuestión incurre en una aplicación errónea de la ley, vulnerando principios esenciales del proceso penal y desajustándose de la gravedad de los hechos probados.

“Las decisiones judiciales deben estar alineadas con los hechos probados, la calificación jurídica y el marco legal apropiado”, señalaron los representantes del Ministerio Público. “La lucha contra la explotación de menores y el lavado de activos requiere respuestas que respeten los principios de legalidad y justicia”.

En este recurso, se solicita a la Corte de Apelación que revoque la decisión que eximió de pena a Wander Franco. La sentencia anterior ya había establecido su responsabilidad penal en relación con el artículo 396, literales b y c del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), que aborda el abuso sexual y psicológico de menores.

El Ministerio Público argumenta que la concesión del perdón judicial a Wander Samuel Franco Aybar representa una interpretación errónea de esta figura jurídica, la cual fue concebida para circunstancias excepcionales que no se dan en este caso.

Los fiscales subrayan que la sentencia anterior ya había establecido la responsabilidad del acusado por abuso sexual y psicológico, por lo que la decisión de eximirlo de pena es incompatible con la naturaleza y gravedad de los hechos abordados.

A juicio del órgano acusador, tal decisión socava las bases legales que rigen el perdón judicial. Esta resolución también debilita los objetivos de prevención y sanción del derecho penal y envía un mensaje contradictorio a la protección reforzada que el ordenamiento jurídico dominicano reconoce para niños, niñas y adolescentes.

El caso se inició tras una exhaustiva investigación vinculada a acusaciones por abuso sexual, abuso psicológico, explotación de menores y actividades relacionadas con lavado de activos.

Con el presente recurso, el Ministerio Público busca que la Corte de Apelación evalúe de manera integral los puntos impugnados y tome una decisión acorde con la Constitución, las leyes vigentes y la efectiva protección de los derechos fundamentales de las víctimas.

Recurso de Apelación del Ministerio Público en el Caso de Wander Franco

  • El Ministerio Público interpone apelación contra el perdón judicial otorgado a Wander Franco.
  • La sentencia inicial declaró culpable a Franco por abuso sexual y psicológico de una menor.
  • La madre de la víctima fue condenada a 10 años de prisión por explotación sexual y lavado de activos.
  • El caso destaca la necesidad de coherencia en las decisiones judiciales en casos de abuso infantil.

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