

El Tribunal Constitucional (TC) ha confirmado que el presidente ejecutivo, los miembros del Consejo de Directores y los principales gerentes del Banco de Reservas (Banreservas) deberán presentar declaraciones juradas de patrimonio. Esta decisión se detalla en la sentencia TC/0855/26, donde se rechazó una acción de inconstitucionalidad que pretendía excluir a estos funcionarios de ciertas disposiciones de la Ley 311-14, que regula las declaraciones patrimoniales.
Los demandantes, Edward Tavarez Almonte y Victoria J. Guzmán Vargas, argumentaron que Banreservas opera bajo un régimen especial, lo que generaría una desigualdad en la competencia si sus directivos tienen que cumplir con esta obligación, mientras que los ejecutivos de bancos privados no lo hacen. Sin embargo, el TC reconoció que, aunque las entidades bancarias estatales compiten con privadas, la regulación sobre la gestión de patrimonio personal es distinta de las operaciones bancarias.
La alta corte especificó que la obligación de presentar declaraciones afecta al presidente ejecutivo de Banreservas, a los 12 miembros con voz y voto del Consejo de Directores y a los principales gerentes, quienes representan la Alta Gerencia. Sin embargo, no todos los gerentes están automáticamente obligados a cumplir con esta medida; solo aquellos que intervienen activamente en la gestión del banco.
Además, el TC aclaró que los directores son responsables de la dirección y supervisión de Banreservas, según su legislación orgánica. En cuanto al ministro de Hacienda, su obligación de declarar surge de su cargo, y no de su participación en el consejo del banco.
Banreservas posee un capital de RD$39,000 millones, íntegramente suscrito y pagado por el Estado dominicano, que también es el propietario exclusivo de sus acciones. Con esto, el TC considera posible y constitucionalmente válido exigir declaraciones patrimoniales a quienes manejan recursos públicos.
La corte subrayó que la supervisión de la Superintendencia de Bancos no sustituye la necesidad de presentar declaraciones juradas. Mientras que esta supervisión evalúa la idoneidad de los directivos y el cumplimiento normativo, las declaraciones patrimoniales permiten una revisión más profunda de los bienes personales, su origen y evolución, ayudando a detectar cualquier incremento injustificado.
Por último, el TC concluyó que esta obligación no afecta negativamente la operación bancaria, las tasas de interés ni la capacidad de captar recursos de Banreservas. Así, no representa una desventaja competitiva frente a la banca privada y se descartó la idea de que exista una doble vigilancia debido a la intervención de autoridades monetarias y la Cámara de Cuentas.
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