JCE Suspende Reglamento de Encuestas Electorales: ¿Qué Significa Esto?

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Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) ha decidido suspender temporalmente la aplicación del reglamento que prohíbe la publicación de encuestas electorales antes del inicio de la precampaña. Esta medida se tomó mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) evalúa las acciones legales interpuestas en contra de dicha disposición.

La decisión, dictada por el pleno del organismo electoral y respaldada por la Secretaría General el 18 de junio, detiene la aplicación del reglamento que había entrado en vigor el 22 de mayo. Todo esto permanecerá en pausa hasta que el TSE emita un fallo sobre los recursos presentados por diversos sectores.

Entre las impugnaciones se encuentra la presentada por Participación Ciudadana (PC), cuyo coordinador general ha solicitado la eliminación de la prohibición para realizar estudios de opinión fuera de los períodos oficiales de precampaña y campaña electoral.

Además, el presidente de ACD Media, Danny Alcántara, ha instado a la JCE a reconsiderar el reglamento, argumentando que vulnera disposiciones constitucionales y supera las facultades otorgadas al organismo electoral por las leyes 20-23 del Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Encuestas internas permitidas, difusión restringida

A pesar de la suspensión del reglamento, la JCE ha recordado que las organizaciones políticas pueden llevar a cabo encuestas con fines electorales para su uso interno antes del inicio de la precampaña y la campaña. Sin embargo, estas mediciones no pueden hacerse públicas hasta el primer domingo de julio de 2027.

El organismo ha advertido que la divulgación de estos estudios antes del período permitido podría resultar en medidas cautelares o sanciones administrativas para los partidos, aspirantes o empresas encuestadoras involucradas.

Posibles sanciones por incumplimiento

El reglamento establece que las firmas encuestadoras que no cumplan con las disposiciones pueden enfrentar sanciones severas, como la suspensión temporal de su registro por un período de seis meses a un año. En caso de reincidencia, las empresas pueden ser canceladas de manera definitiva.

Además, las empresas están obligadas a notificar a la JCE con un mínimo de ocho días de anticipación antes de realizar encuestas durante el proceso electoral. El incumplimiento de esta norma podría acarrear multas que oscilan entre uno y 200 salarios mínimos.

La normativa también establece que las firmas registradas deberán actualizar su documentación anualmente. De no cumplir, perderían la autorización para realizar estudios con fines electorales.

Suspensión Temporal de Reglamento sobre Encuestas Electorales

  • La JCE suspendió la prohibición de publicar encuestas electorales.
  • El TSE decidirá sobre impugnaciones contra la normativa.
  • Las encuestas internas están permitidas, pero no se pueden difundir.
  • Firmas encuestadoras enfrentarán sanciones por incumplimiento.

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