
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia importante este jueves, imponiendo una multa de 4.125 millones de euros a la conocida multinacional Google por abuso de posición dominante mediante su sistema operativo Android. Esta cantidad representa la multa más alta en la historia de la Unión Europea en un caso antimonopolio.
En su fallo, el TJUE desestima el recurso presentado por Google y su matriz Alphabet. La corte confirmó que la empresa tecnológica impuso restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos Android para fortalecer su dominio sobre su buscador, Google Search, y su navegador, Chrome.
La decisión de la Corte de Luxemburgo pone fin a un caso que ha durado más de diez años. La Comisión Europea inició la investigación en 2015 y anunció la multa original de 4.343 millones de euros tres años después, en 2018.


Durante la audiencia previa a la decisión del caso en enero de 2025, Bruselas contó con el respaldo de la Asociación Europea de Consumidores (BEUC), así como de las asociaciones alemanas de editores BDVZ y VDZ, la organización Fair Search, y los motores de búsqueda Qwant de Francia y Seznam de Chequia.
Por otro lado, varias entidades, como los fabricantes finlandeses HMD y el alemán Gigaset, junto con el navegador Opera de Noruega y la Asociación de la Industria de la Computación y las Comunicaciones (CCIA), apoyaron a Google.
El corazón del caso gira en torno a los llamados «acuerdos de distribución» entre la gigante estadounidense y los fabricantes de dispositivos móviles, los cuales se veían obligados a preinstalar Google Search y Chrome para obtener una licencia para la Play Store.
Estas cláusulas están estrechamente relacionadas con otros contratos «contra la fragmentación», que Google incorporó, donde se condicionaba la licencia de la Play Store a que los fabricantes evitaran vender teléfonos con versiones alternativas no autorizadas de Android.
Otro aspecto clave son los «acuerdos de reparto de ingresos», por los cuales los fabricantes aceptaban no preinstalar motores de búsqueda competidores a cambio de una parte de los ingresos publicitarios de Google.
La Comisión Europea determinó en 2018 que estos acuerdos eran «abusivos» e ilegales, ya que restringían la competencia dentro del mercado único y limitaban las oportunidades para otras empresas.
Inicialmente, el Tribunal General de la UE validó el argumento de Bruselas sobre el fondo del asunto, aunque redujo la multa a 4.125 millones de euros tras anular ciertos aspectos relacionados con el reparto de ingresos publicitarios.
En el fallo emitido este jueves, el TJUE confirma todos los argumentos expuestos en la primera sentencia, indicando que las condiciones de preinstalación acordadas son contrarias a la competencia.
El tribunal establece que podía considerar el contexto económico completo, incluidos los acuerdos de repartición de ingresos, sin necesidad de realizar un análisis exhaustivo para demostrar un abuso de posición dominante.
También ratifica que los acuerdos contra la fragmentación podían limitar las oportunidades comerciales de versiones no compatibles de Android, reforzando así la posición dominante de Google.
Finalmente, el TJUE mantiene la calificación de «infracción única y continua», a pesar de la anulación de ciertos elementos del reparto de ingresos, dado que los abusos eran parte de una estrategia general contraria a la competencia.
Tras la emisión de la sentencia, Google expresó su descontento, indicando que el TJUE no toma en cuenta las inversiones realizadas para mantener su sistema operativo como «abierto, interoperable y gratuito».
Un portavoz de la empresa afirmó: «Android ofrece más opciones para todos y apoya a miles de empresas. Esta sentencia no reconoce nuestra importante inversión para garantizar que Android siga siendo accesible y libre», remarcando que han adaptado sus acuerdos con los fabricantes para alinearse con la decisión inicial de la Comisión Europea en 2018.
Por el contrario, la BEUC celebró la decisión, mencionando que envía un «mensaje muy claro»: las empresas dominantes no pueden abusar de su poder para excluir a la competencia y limitar opciones para los consumidores.
Agustín Reyna, presidente de la asociación, afirmó que este fallo «es una gran victoria para Europa», y destacó la importancia de contar con herramientas como la Ley de Mercados Digitales para abordar las prácticas desleales y asegurar que los consumidores tengan opciones en los mercados digitales.
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